Mi régimen fiscal determina el pago de mis impuestos
- Miguel Angel Juárez
- 29 ene 2024
- 2 Min. de lectura

Parte esencial de elegir el régimen correcto donde vas a tributar, es que esto, va a definir tus obligaciones fiscales, dado que no paga impuestos de la misma forma una persona física que una persona moral, una persona con Actividad Empresarial y Profesional que una que tribute con actividad de arrendamiento, o bien, si tributas en un régimen “pequeño” o con facilidades administrativas.
Ahora bien, considera que de acuerdo con tu actividad y cómo defines que será el crecimiento de tu negocio, puedes cambiar de persona física a moral o de un régimen a otro, si ya estás dado de alta y tienes operaciones, es probable que aún puedas pertenecer al régimen que más se adapte a tus necesidades.
Estos son los principales regímenes a los que puedes estar registrado:
601 General de Ley Personas Morales
603 Personas Morales con Fines no Lucrativos
605 Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios
606 Arrendamiento
607 Régimen de Enajenación o Adquisición de Bienes
608 Demás ingresos
609 Consolidación
610 Residentes en el Extranjero sin Establecimiento Permanente en México
611 Ingresos por Dividendos (socios y accionistas)
612 Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales
614 Ingresos por intereses
615 Régimen de los ingresos por obtención de premios
616 Sin obligaciones fiscales
620 Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos
621 Incorporación Fiscal
622 Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
623 Opcional para Grupos de Sociedades
624 Coordinados
625 Régimen de las Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
626 Régimen Simplificado de Confianza
628 Hidrocarburos
629 De los Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales
630 Enajenación de acciones en bolsa de valores
Por ejemplo, respecto a los dos impuestos que la mayoría conocemos (ISR e IVA) y dependiendo de la actividad que realices y el régimen en que te encuentres, estarás obligado a contribuir de las siguientes formas:
Referente al Impuesto Sobre la Renta (ISR):
Puedes empezar a pagarlo de inmediato.
Puedes pagarlo a partir del siguiente año al que inicies operaciones.
Puedes no pagarlo bajo algún estímulo por parte de la autoridad, o hacerlo gradualmente.
Puedes optar por pagarlo de manera trimestral
Pagaras impuesto por tus ganancias o por un porcentaje de tus ventas
Por lo que hace al Impuesto al Valor Agregado (IVA):
Lo pagamos todos de manera indirecta como consumidores
Se paga de forma directa por la enajenación de bienes o servicios
La tasa puede variar de acuerdo con el servicio que prestes, el producto que vendas, la actividad que realices, el lugar donde la realices o estar exento.
Igualmente tendrás que realizar o te realizarán retenciones por una parte del impuesto según la actividad que realices
Ahora bien, ¿Sabes que consecuencias existen por tributar en el régimen incorrecto?
En primer lugar, podrías estar incumpliendo tus obligaciones fiscales, lo que puede traerte multas y sanciones
Existe riesgo de tener devoluciones y/o pagos incorrectos que pueden ser rechazados. Esto te llevaría a presentarlos de nuevo en el régimen fiscal correcto
Si hay discrepancias importantes, podrías ser auditado por el SAT y ser acreedor de multas o determinación de créditos fiscales
Podrías perder beneficios fiscales que el SAT otorga a los contribuyentes responsables.
¿Conoces bajo que régimen tributas? ¿Estás presentando tus declaraciones correctamente? ¿Te gustaría recibir asesoría para saber si estas tributando en el régimen correcto?
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